Micelio

Artículo 7

Decreto 2225 de 2000 · por el cual se reglamenta el artículo 5° de la Ley 401 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Definición de las participaciones . La UPME con base en las cifras de producción, demanda, y capacidad del año inmediatamente anterior comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre, determinará la participación de los miembros representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CNO. Dicho estudio debe ser publicado antes del 1º de marzo del año en consideración. La nueva conformación del CNO iniciará sus atribuciones a partir del 30 de abril del año en consideración.

Parágrafo

Lo establecido en el presente artículo no se aplicará a la conformación del primer CNO el cual se encuentra reglamentado en el artículo 5º de este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2225 de 2000