Micelio

Artículo 1

º

Decreto 3506 de 1983 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 1 de fecha de diciembre 27 de 1983 del Consejo Nacional de salarios, sobre salario mínimo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Apruébase el Acuerdo número 1 del 27 de diciembre de 1983, dictado por el Consejo Nacional de Salarios, cuyo texto es el siguiente: «Consejo Nacional de Salarios ACUERDO NUMERO 1 DE 1983 (diciembre 27) El Consejo Nacional de Salarios, en cumplimiento de las funciones que le son propias, ACUERDA: Artículo primero. Fijar a partir del dos (2) de enero de 1984, el salario mínimo legal diario en trescientos setenta y seis pesos con sesenta centavos ($ 376.60) moneda corriente, para los trabajadores que no sean del sector primario en el Distrito Especial de Bogotá y en los municipios señalados en disposiciones anteriores sobre salario mínimo. Artículo segundo. Fijar a partir del dos (2) de enero de 1984 y hasta el 31 de marzo de 1984, en el resto de municipios y en el sector primario, el monto del salario mínimo legal en trescientos sesenta y dos pesos con veinte centavos ($ 362.20) moneda corriente. Fijar a partir del 1º de abril de 1984 y hasta el 30 de junio de 1984, el monto del salario mínimo legal diario en el resto de municipios y en el sector primario en trescientos sesenta y nueve pesos con cuarenta centavos ($ 369,40) moneda corriente. Fijar a partir del 1º de julio de 1984 el monto del salario mínimo legal diario en el resto de municipios y en el sector primario en trescientos setenta y seis pesos con sesenta centavos ($ 376.60) moneda corriente, quedando de esta manera unificados los salarios mínimos urbano y rural. Artículo tercero. De conformidad con lo previsto en el articulo 5º del Decreto 2210 de 1968, envíese el presente Acuerdo al Consejo Nacional del Trabajo para su concepto y remisión al Gobierno Nacional. Artículo cuarto. Deróganse todas las disposiciones anteriores sobre salario mínimo que le sean contrarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3506 de 1983