Artículo único . Concédese franquicia telegráfica á los Administradores de la Renta de Pieles, en el Departamento del Cauca, para tratar única y exclusivamente de asuntos relacionados con dicha Renta, hasta una vez por día, siempre que los despachos no pasen de veinte palabras. Comuníquese y publíquese.
Decreto 653 de 1904 →Vigente
Artículo 1
Decreto 653 de 1904 · Por el cual concede una franquicia telegráfica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.