Micelio

Artículo 4

Corresponde A Los Fiscales De Los Tribunales Practicar Visitas A Los Juzgados De Circuito, Cuando Así Lo Determine El Tribunal, A Solicitud De Los Interesados En Los Juicios O Diligencias Que Se Adelanten En Aquéllos, Y Con El Solo Objeto De Averiguar Lo Referente A Depósitos O Consignaciones De Dinero

Decreto 1007 de 1918 · Por el cual se reglamenta una disposición de la Ley 53 de 1917

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Corresponde a los Fiscales de los Tribunales practicar visitas a los Juzgados de Circuito, cuando así lo determine el Tribunal, a solicitud de los interesados en los juicios o diligencias que se adelanten en aquéllos, y con el solo objeto de averiguar lo referente a depósitos o consignaciones de dinero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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