Micelio

Artículo 95

Los Ministros Y Jefes De Departamentos Administrativos Y Los Representantes Legales De Los Establecimientos Públicos Nacionales Son Los Únicos Que Tienen Autoridad Legal Para Autorizar Giros Para El Pago De Las Obligaciones Con Arreglo A Los Preceptos De Este Estatuto Y A Los Reglamentos

Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Ministros y Jefes de Departamentos Administrativos y los representantes legales de los Establecimientos Públicos Nacionales son los únicos que tienen autoridad legal para autorizar giros para el pago de las obligaciones con arreglo a los preceptos de este Estatuto y a los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 294 de 1973