Micelio

Artículo 2.2.10.1.3

Reajuste De Avalúos Catastrales Para Predios Rurales

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reajuste de avalúos catastrales para predios rurales. Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y no actualizados durante la vigencia 2025, se reajustarán a partir del 1º de enero de 2026 en tres por ciento (3%).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.10.1.3. Reajuste de avalúos catastrales para predios rurales. Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y no actualizados durante la vigencia 2024, se reajustarán a partir del 1° de enero de 2025 en tres por ciento (3%),

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. Reajuste de avalúos catastrales para predios rurales. Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y no actualizados durante la vigencia 2023, se reajustarán a partir del 1° de enero de 2024 en cuatro punto cincuenta y uno por ciento (4.51 %).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2022. Los avalúos catastrales de los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2022, serán los establecidos mediante los respectivos procesos de formación o actualización catastral.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2021. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2021 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2022 en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

ARTÍCULO 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2020. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2020 no serán objeto de reajuste. Los avalúas catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2021, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado."

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2019. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2019 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2020, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado”.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2018. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2018 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2019, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2017. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2017 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2018, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2015. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2015 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2016, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado”.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3.No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2014. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2014 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1°de enero de 2015, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.

(Decreto 2718 de 2014, artículo 3°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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