Micelio

Artículo 2.2.10.1.3

Reajuste De Avalúos Catastrales Para Predios Rurales

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reajuste de avalúos catastrales para predios rurales. Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y no actualizados durante la vigencia 2025, se reajustarán a partir del 1º de enero de 2026 en tres por ciento (3%).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.10.1.3. Reajuste de avalúos catastrales para predios rurales. Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y no actualizados durante la vigencia 2024, se reajustarán a partir del 1° de enero de 2025 en tres por ciento (3%),

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. Reajuste de avalúos catastrales para predios rurales. Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y no actualizados durante la vigencia 2023, se reajustarán a partir del 1° de enero de 2024 en cuatro punto cincuenta y uno por ciento (4.51 %).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2022. Los avalúos catastrales de los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2022, serán los establecidos mediante los respectivos procesos de formación o actualización catastral.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2021. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2021 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2022 en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

ARTÍCULO 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2020. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2020 no serán objeto de reajuste. Los avalúas catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2021, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado."

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2019. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2019 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2020, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado”.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2018. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2018 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2019, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2017. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2017 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2018, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3. No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2015. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2015 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2016, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado”.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.10.1.3.No reajuste de avalúos catastrales para predios formados o actualizados durante 2014. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2014 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1°de enero de 2015, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.

(Decreto 2718 de 2014, artículo 3°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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