Micelio

Artículo 92

Del Acto Se Sentará Una Diligencia En El Libro Respectivo, Haciendo Constar Los Nombres Del Ministro Ó Rector Que Lo Presida, Los De Los Profesores Que Concurran A Él, Especificando Los Del Presidente De Tesis Y Examinadores; La Calificación Del Sustentante Y Demás Circunstancias Que Se Crean Necesarias

Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del acto se sentará una diligencia en el libro respectivo, haciendo constar los nombres del Ministro ó Rector que lo presida, los de los Profesores que concurran a él, especificando los del Presidente de tesis y Examinadores; la calificación del sustentante y demás circunstancias que se crean necesarias. Esta acta será firmada por el Rector y Secretario de la Facultad. CAPITULO XI de los derechos de matricula, examenes, etc.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 369 de 1906