Micelio

Artículo 4

Los Magistrados De Tribunales Administrativos Y Los Fiscales Creados En Virtud De Este Decreto, Tendrán Las Mismas Asignaciones Establecidas En La Actualidad Para Dichos Cargos

Decreto 1727 de 1964 · por el cual se crean algunos cargos en la Rama Jurisdiccional, en la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en el Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4° Los Magistrados de Tribunales Administrativos y los Fiscales creados en virtud de este Decreto, tendrán las mismas asignaciones establecidas en la actualidad para dichos cargos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1727 de 1964