Micelio

Artículo 5

Ley 2581 de 2026 · por medio del cual se modifican parcialmente las Leyes 1276 de 2009 y la Ley 1850 de 2017 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 5° de la Ley 1276 de 2009; el cual quedará así:

Artículo 5º. El recaudo de lo Estampillo poro el Bienestar del Adulto Mayor se destinará de manera exclusiva a la financiación del funcionamiento, sostenimiento, mejoramiento y ampliación de la cobertura de los Centros de Bienestar del Anciano, Centros Vida, Centros Día y Granjas para el Adulto Mayor, así como a programas de atención domiciliaria y comunitaria orientados a la atención integral de las personas adultas mayores.

En todo caso, los recursos deberán orientarse prioritariamente a garantizar la operación continua, la calidad del servicio, lo alimentación, el talento humano y lo atención integral de los beneficiarios.

Una vez asegurado el funcionamiento de los servicios, las entidades territoriales podrán destinar recursos o la ejecución de programas y proyectos complementarios dirigidos a las personas adultas mayores en condiciones de vulnerabilidad, abandono, maltrato, pobreza extrema o afectación por desastres naturales o emergencias sanitarios, que no se beneficien de los Centros Vida, Centros de Bienestar o Granjas para el Adulto Mayor.

La asignación de los recursos deberá atender criterios de focalización, eficiencia, equidad y sostenibilidad fiscal.

Parágrafo 1

Los recursos de la estampilla no podrán ser utilizados para otros gastos, ni para fines distintos a los establecidos en la presente ley.

Parágrafo 2

Las entidades territoriales deberán garantizar lo trazabilidad de los recursos mediante sistemas de información que permitan verificar su adecuada destinación, y ejecución de los recursos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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