Micelio

Artículo 133

De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 45 Del Decreto Reglamentario 07 De 1980, El Instituto No Reconocerá Valores Adiciónales Cuando Las Intervenciones, Procedimientos, Exámenes Y Actividades Contempladas En Este Acuerdo, Se Ejecuten En Horas Nocturnas, Dominicales Y Festivos

Decreto 2747 de 1989 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto reglamentario 07 de 1980, el Instituto no reconocerá valores adiciónales cuando las intervenciones, procedimientos, exámenes y actividades contempladas en este Acuerdo, se ejecuten en horas nocturnas, dominicales y festivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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