Art. 1.° Del ausilio concedido por el artículo 1.º de la lei 21, de catorce de mayo de mil ochocientos setenta i cuatro, podrá destinar el Gobierno del Estado de Santander la suma necesaria para la esploracion i trazo de una via férrea que ponga en comunicación el valle de Cúcuta con el rio Magdalena.
Ley 22 de 1875 →Vigente
Artículo 1
Ley 22 de 1875 · Adicional a la 21 de catorce de mayo de mil ochocientos setenta i cuatro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.