Micelio

Artículo 7

Decreto 3078 de 2006 · por el cual se crea el Programa de Inversión Banca de las Oportunidades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Recursos del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades. El Programa de Inversión Banca de las Oportunidades se financiará con los siguientes recursos

1.

Recursos del Presupuesto Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo siguiente.

2.

Recursos obtenidos de entidades públicas del orden nacional o territorial, organismos multilaterales, organismos de cooperación y donantes nacionales e internacionales.

3.

Los rendimientos producidos por la inversión de los recursos aportados.

Parágrafo

Los recursos del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades se invertirán de conformidad con la política de inversiones definida para los recursos del Banco de Comercio Exterior de Colombia S. A., Bancoldex, y tendrá en cuenta las condiciones de liquidez necesarias para la adecuada y oportuna financiación de las actividades a realizar con dichos recursos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3078 de 2006