Para efectos del impuesto sobre las ventas, se considera contrato de confección de obra material o contrato de obra al que tiene por objeto fabrica, elaborar constituir o ensamblar un bien mueble gravado conforme al Decreto 1988 de 1974 y sus modificaciones, siempre que el artífice o productor suministre la materia principal. En estos casos se paga la tarifa aplicable a la venta de los bienes objeto del contrato, teniendo como base el valor comercial de dichos bienes.
Decreto 2368 de 1974 →Vigente
Artículo 10
Para Efectos Del Impuesto Sobre Las Ventas, Se Considera Contrato De Confección De Obra Material O Contrato De Obra Al Que Tiene Por Objeto Fabrica, Elaborar Constituir O Ensamblar Un Bien Mueble Gravado Conforme Al Decreto 1988 De 1974 Y Sus Modificaciones, Siempre Que El Artífice O Productor Suministre La Materia Principal
Decreto 2368 de 1974 · Por el cual se rebaja el impuesto sobre las ventas y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.