Micelio

Artículo 2

Para El Auxilio Por Causa De Muerte Destínase La Suma De Cuarenta Y Cinco Mil Pesos (S 45

Decreto 1834 de 1928 · Por el cual se reglamenta el artículo 5o de la Ley 14 de 1928

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para el auxilio por causa de muerte destínase la suma de cuarenta y cinco mil pesos (S 45.000), y para el auxilio por pérdida de bienes, la suma de quince mil pesos (S 15.000) .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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