°. Adiciónese el artículo 14A al Decreto número 4179 de 3 de noviembre de 2011, el cual quedará así: “ Artículo 14A. Escuela Nacional de Inteligencia . Son funciones de la Escuela Nacional de Inteligencia, las siguientes
Asesorar a la Dirección General en la formulación de Políticas y Procedimientos que aseguren la formación y capacitación de los servidores de la Entidad.
Proponer a la Dirección General la formulación y actualización de procesos de formación y capacitación, que contribuyan al cumplimiento de la misión institucional, fundamentada en la investigación y permanente innovación.
Diseñar y ejecutar los programas de formación y capacitación que permitan dar cumplimiento a la misión institucional.
Asesorar a la Dirección General, en la adopción de planes, programas y proyectos para contribuir con la implementación e interiorización de los Derechos Humanos y Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su aplicación en el cumplimiento de la misión institucional.
Asesorar a la Dirección General en las etapas previas a la suscripción de convenios nacionales o internacionales de cooperación con universidades, centros de pensamiento e instituciones especializadas, dirigidos a la formación y la investigación académica, liderando y promoviendo su ejecución.
Implementar estrategias de cultura de inteligencia dirigida a servidores públicos del Estado y sociedad civil en general.
Emitir las constancias de asistencia a los cursos realizados en desarrollo de programas de formación y de capacitación, en el marco de la educación informal.
Dirigir y gestionar la adquisición y generación de conocimiento para responder efectivamente a los requerimientos y cambios múltiples del entorno institucional.
Diseñar e implementar programas de inducción y reinducción.
Diseñar y ejecutar, en coordinación con el área que adelanta la instrucción disciplinaria en la Entidad, las medidas, los programas y las estrategias de divulgación encaminadas a fortalecer una cultura hacia la prevención de las conductas tipificadas en el Código General Disciplinario, la apropiación del régimen disciplinario, la lucha contra la corrupción, así como la promoción del servicio público transparente e integro.
Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la Dependencia”.