Micelio

Artículo 4

Decreto 3235 de 1968 · Por el cual se determina el término y modalidades para el traspaso de bienes del Instituto Nacional de Salud al Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud queda subrogado en los derechos y obligaciones que correspondieren al Instituto Nacional de Salud en diciembre 31 de 1968.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3235 de 1968