Estos premios serán discernidos anualmente a aquellas obras de carácter científico, literario, artístico e histórico, producidas por ciudadanos colombianos y que, en su conjunto, constituyan el más valioso aporte a la cultura colombiana.
Ley 29 de 1964 →Vigente
Artículo 2
Ley 29 de 1964 · Por la cual se crean los premios nacionales de cultura, destinados a fomentar y recompensar la actividad científica, literaria, artística e histórica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.