IMPEDIMENTO O RECUSACION DE OTROS FUNCIONARIOS. Las causales de impedimento de los jueces o magistrados se refieren igualmente a los agentes del ministerio público, secretario de los juzgados y tribunales, vocales de los consejos verbales de guerra y auditor de guerra, quienes pondrán en conocimiento del juez o magistrado correspondiente el impedimento que existe, sin perjuicio de que los interesados puedan recusarlos.
Decreto 2550 de 1988 →Vigente
Artículo 474
Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.