Artículo primero. Las agremiaciones de Contadores Públicos titulados o de contadores Públicos autorizados exclusivamente, elegirán delegados en proporción de uno por cada veinticinco (25) afiliados y uno más por fracción mayor de quince (15).
Decreto 1803 de 1973 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1803 de 1973 · Por el cual se aclara el artículo primero del Decreto 2527 de 1963
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.