Micelio

Artículo 13

Ley 6 de 1982 · por la cual se reglamenta la profesión de Instrumentación Técnico–Quirúrgica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo decimotercero. Este Consejo colaborará con el Gobierno Nacional, en:

a)

Vigilancia en el ejercicio ético de la Instrumentación Técnico-Quirúrgica;

b)

Planificación de la formación y utilización de la Instrumentación Técnico-Quirúrgica como recurso humano en salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 6 de 1982