Art. 2.° Justificado ante la direccion el derecho de un acreedor a percibir bonos, se estenderá en el espediente la dilijencia de reconocimiento, i se librará, bajo la firma del secretario, la órden de abono a cargo de la caja de amortizacion, para que allí los reciba el interesado.
Decreto 18660714 de 1866 →Vigente
Artículo 2
Decreto 18660714 de 1866 · arreglando la emisión i amortización de documentos de crédito nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.