º. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición y tendrá efectos fiscales a partir del 1º de julio de 1973. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1234 de 1973 →Vigente
Artículo 5
Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Expedición Y Tendrá Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Julio De 1973
Decreto 1234 de 1973 · Por el cual se modifican los Decretos 63 de 20 de enero de 1967 y 65 de 20 de enero de 1967 y se toman otras disposiciones en el servicio exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.