Micelio

Artículo 36

Decreto 2716 de 1994 · por el cual se reglamenta el parágrafo 1° del artículo 30 del Decreto 1279 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las sanciones a los miembros de los órganos de administración y vigilancia interna. Las sanciones aplicables por los hechos contemplados en el artículo anterior, serán las siguientes

1.

Amonestación escrita por una sola vez.

2.

Multa hasta de cien (100) veces el salario mínimo mensual legal vigente.

3.

Decretar la separación del respectivo cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2716 de 1994