Micelio

Artículo 167

Los Tanques Subterráneos Para Almacenamiento De Combustibles Estarán Colocados En Posición Firme Y Rígida, Bien Anclados, Protegidos Contra La Corrosión Y Daños Externos, Y Sin Otro Contacto Con La Atmósfera Que El Tubo De Ventilación Y El Tubo De Control Para Medir El Líquido

Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los tanques subterráneos para almacenamiento de combustibles estarán colocados en posición firme y rígida, bien anclados, protegidos contra la corrosión y daños externos, y sin otro contacto con la atmósfera que el tubo de ventilación y el tubo de control para medir el líquido. El tubo de ventilación se prolongará hasta una altura de 3 metros como mínimo sobre el terreno. Los tanques deberán estar protegidos de los posibles daños causados por el paso de los vehículos que transiten sobre ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2222 de 1993