° Las autoridades ya indicadas fijarán, de común acuerdo con los interesados, las tarifas para la movilización de equipajes, con las especificaciones y aclaraciones necesarias, tarifas que deberán someterse a la aprobación de la Sección Nacional de Turismo del Ministerio de Educación Nacional.
Decreto 1000 de 1939 →Vigente
Artículo 5
Las Autoridades Ya Indicadas Fijarán, De Común Acuerdo Con Los Interesados, Las Tarifas Para La Movilización De Equipajes, Con Las Especificaciones Y Aclaraciones Necesarias, Tarifas Que Deberán Someterse A La Aprobación De La Sección Nacional De Turismo Del Ministerio De Educación Nacional
Decreto 1000 de 1939 · Por el cual se reglamenta el servicio de equipajeros y mozos de estación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.