Micelio

Artículo 17

Decreto 210 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Inversión Extranjera y Servicios . Son funciones de la Dirección de Inversión Extranjera y Servicios, las siguientes

1.

Realizar diagnósticos y estudios sobre temas relacionados con las inversiones extranjera en Colombia y colombiana en el exterior, así como estudios en materia de servicios y aspectos de la propiedad intelectual relacionados con el comercio.

2.

Promover la adopción de normas sobre inversión extranjera, identificar los ajustes necesarios en el marco legal tendientes al mejoramiento del clima de inversión, y promover su adopción.

3.

Coordinar con las demás entidades competentes, y liderar y participar en las negociaciones internacionales relacionadas con los temas de inversión, servicios y propiedad intelectual relacionados con el comercio, que lleven a la suscripción de acuerdos internacionales en estas materias.

4.

Ejecutar las disposiciones derivadas de los acuerdos internacionales, relacionadas con la calificación de empresas y emisión de seguros contra riesgos no comerciales.

5.

Emitir conceptos y preparar documentos relacionados con las autorizaciones de inversión extranjera.

6.

Hacer seguimiento a controversias surgidas entre inversionistas extranjeros y entidades gubernamentales de cualquier nivel, y actuar cuando a ello haya lugar, como facilitador de un acuerdo amistoso.

7.

Elaborar, en coordinación con las entidades del Estado relacionadas con el tema, los documentos sobre política de inversión extranjera que deban presentarse al Ministro y al Consejo Superior de Comercio Exterior, y participar en la elaboración de los documentos que sobre el tema se presenten al Consejo Nacional de Política Económica y Social - Conpes.

8.

Impulsar la coordinación de sus funciones con la Corporación Invertir en Colombia, Coinvertir, asegurando la articulación de dicha corporación con los lineamientos de la política de inversión.

9.

Liderar y coordinar la formulación de la estrategia de promoción del país como receptor de inversión extranjera, de acuerdo con los lineamientos del Consejo Superior de Comercio Exterior y del Consejo Nacional de Política Económica y Social- Conpes.

10.

Promover ante las diferentes dependencias gubernamentales la simplificación de trámites, la estabilidad jurídica y la transparencia y en general todas aquellas medidas destinadas a mejorar el clima de negocios para los inversionistas extranjeros en el país.

11.

Procurar la eliminación de obstáculos identificados por los inversionistas extranjeros.

12.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia, que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 210 de 2003