Art. 2.° Ténganse como incluidas en el Presupuesto de Gastos para la actual vigencia económica, las siguientes cantidades:
1.ª Ciento veinte mil pesos ($ 120,000) para la construcción del camino para carruajes de "Cambao";
2.ª Cincuenta mil pesos ($ 50,000) en oro americano para establecer el astillero en la ciudad de Cartagena;
3.ª Quince mil pesos ($ 15,000) con que se aumenta la partida votada en el artículo 362 del Capítulo 87 del Presupuesto en curso, para arreglar la vía de coches en la ciudad de Bogotá; y
4.ª Diez mil pesos ($ 10,000) destinados a la refacción del pavimento de la plaza de Bolívar de esta capital.