Micelio

Artículo 2.2.8.9.3.18

Objetivos

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objetivos. El SMBYC tendrá como objetivos:

1.

Generar la información oficial sobre la superficie y cambios del bosque natural y alertas tempranas de deforestación.

2.

Producir y compilar los conjuntos de datos necesarios para estimar las reservas de carbono almacenadas en diferentes compartimientos de los bosques naturales y en otras coberturas de la tierra, y las emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI) a nivel nacional debidas a la deforestación y/o degradación forestal.

3.

Aportar a la documentación de las causas y agentes que determinan o influyen en la deforestación y/o degradación forestal para la escala nacional, así como generar reportes a partir de estos resultados.

4.

Proporcionar lineamientos, herramientas, procedimientos, metodologías y estándares para el monitoreo de la superficie y cambios del bosque natural, las reservas de carbono y la caracterización de las causas y agentes de la deforestación y degradación forestal.

5.

Apoyar el fortalecimiento de capacidades para el monitoreo de bosques en las autoridades ambientales regionales y otras entidades con funciones de control y vigilancia de los recursos forestales.

Parágrafo 1

Los lineamientos, procedimientos, metodologías y estándares de los que trata este artículo deberán estar articulados con los definidos en el IFN.

Parágrafo 2

El SMBYC proporcionará los mecanismos para disponer de la información espacial de referencia, mapas y otros insumos generados en su operación de manera articulada.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1076 de 2015