Micelio

Artículo 26

Decreto 1169 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan disposiciones relacionadas con el Fondo Nacional de Notariado y con el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recursos . Los recursos de la Cuenta Fondo están constituidos por

1.

Las partidas destinadas en el Presupuesto General de la Nación a la inversión en infraestructura en establecimientos de reclusión del orden nacional.

2.

Los recursos que por disposición legal están destinados a la inversión en la infraestructura carcelaria de centros de reclusión, en especial a los que se refieren las leyes 55 de 1985 y 66 de1993 y demás normas que las adicionen o modifiquen, incluidos los ya percibidos o por percibir por el INPEC, a partir de la vigencia del presente decreto-ley.

3.

El producto del remate de los bienes de los establecimientos de reclusión inservibles o en desuso, así como los provenientes de la enajenación a cualquier título de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Ministerio de Justicia y del Derecho vinculados al objeto degeneración de infraestructura penitenciaria y carcelaria, previa apropiación en su presupuesto. El manejo de los recursos del fondo cuenta se hará preferentemente mediante el sistema de administración por proyectos, y para estos efectos podrá celebrar negocios fiduciarios con entidades financieras autorizadas por la Superintendencia Bancaria. Igualmente podrá contratar auditoría externa en la ejecución de los proyectos de inversión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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