Micelio

Artículo 14

Decreto 625 de 1883 · En ejecución de la ley 12 del presente año, "que reorganiza el servicio diplomático y consular"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 14. Los Cónsules abrirán en el libro "Mayor" las cuentas siguientes: La del Tesoro, La de Caja, La de Renta de derechos consulares, La del capítulo ó capítulos correspondientes del Presupuesto de Gastos, cuenta de anticipaciones; La del capítulo ó capítulos correspondientes del Presupuesto de Gastos; La de intereses por cantidades que se depositen en Casas de consignación ó Bancos; La de descuentos, siempre que haya de abonarse por avance de sumas (solicitando de la Secretaría del Tesoro la correspondiente legalización); La de Remesas, La de Libranzas, La de Depósitos, La de Suplementos, La de Balance de entrada, La de Balance de salida, Y las demás necesarias para el servicio del Tesoro

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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