Micelio

Artículo 31

El Inciso Lo

Ley 85 de 1981 · por la cual se modifica la Ley 28 de 1979.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

del artículo 152 de la Ley 28 de 1979 , quedará así:

En los escrutinios realizados por la Corte Electoral, sus delegados o las comisiones escrutadoras distritales o municipales sólo se estimarán como pruebas los documentos que la Ley prevé en materia electoral, y las reclamaciones o apelaciones que se formulen las resolverán dichas Corporaciones con base en tales documentos y con sujeción a las siguientes causales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 85 de 1981