Micelio

Artículo 2.2.3.12.5.1

Conformación De Equipos Interdisciplinarios

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conformación de equipos interdisciplinarios. Cada uno de los organismos de inteligencia y contrainteligencia podrá conformar equipos interdisciplinarios integrados por expertos en las siguientes disciplinas: archivística, sociología, memoria histórica, inteligencia, contrainteligencia, derecho, derechos humanos, derecho internacional humanitario, politólogos, relaciones internacionales, economía, finanzas, entre otras ciencias o disciplinas académicas que se requieran, con el fin que sirvan de apoyo al proceso de actualización, corrección y retiro, en especial, para que efectúen el estudio, revisión, evaluación y emisión del concepto correspondiente de aquellos datos o archivos que se deban retirar, así como para la construcción de las versiones editadas que sean requeridas por las autoridades competentes, cuando la información que goza de reserva legal deba ser anonimizada, en especial, fuentes, agentes, medios, métodos, procesos, procedimientos y en aquellos casos que puedan poner en riesgo la vida o integridad de los ci udadanos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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