Micelio

Artículo 1197

Causales De Terminación

Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Este contrato terminará:

1.

Por el vencimiento del plazo;

2.

A falta de plazo, por aviso dado por una de las partes a la otra, con doce horas de anticipación;

3.

Por falta de pago;

4.

Por infracción del reglamento oficial, y

5.

Por las demás causales expresamente pactadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 410 de 1971