Micelio

Artículo 9

El Departamento De Protección Infanta Y Materna Determinará, En Cada Región Del País, Los Tipos, Composición Y Calidad De La Leche De Consumo, Así Como También De Las Leches Modificadas Para Lactantes Y Niños Enfermos, Y, En General, De Todo Producto Derivado De La Leche Y Destinado A La Alimentación Infantil

Decreto 378 de 1939 · Por el cual se determina el plan de acción del Departamento de Protección Infantil y Materna

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Departamento de Protección Infanta y Materna determinará, en cada región del país, los tipos, composición y calidad de la leche de consumo, así como también de las leches modificadas para lactantes y niños enfermos, y, en general, de todo producto derivado de la leche y destinado a la alimentación infantil. Este Departamento está autorizado para efectuar inspecciones, tomar muestras y fiscalizar todas las operaciones que se realicen con la leche y sus derivados en los sitios de producción, manipulación y expendio. Deberá además efectuar una intensa propaganda en todo el país, con el fin de mejorar y aumentar el abastecimiento de la leche en los lugares en donde su producción no fuere suficiente para las necesidades de los habitantes y para su transporte en aquellos lugares en donde no puede producirse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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