ARTICULO 5 º Adóptanse como legislación permanente las siguientes disposiciones del Decreto legislativo 2490 de 1988: Artículo 3º. Cuando las lesiones personales se ocasionen por quien pertenezca a grupo armado, las penas previstas en el artículo 31 del Decreto legislativo 180 de 1988 se incrementarán en otro tanto.
Decreto 2266 de 1991 →Vigente
Artículo 5
º Adóptanse Como Legislación Permanente Las Siguientes Disposiciones Del Decreto Legislativo 2490 De 1988: Artículo 3º
Decreto 2266 de 1991 · por el cual se adoptan como legislación permanente unas disposiciones expedida en ejercicio de las facultades del Estado de Sitio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.