Micelio

Artículo 7

Subcomisiones

Decreto 2358 de 1981 · por el cual se coordina el Sistema Nacional de Rehabilitación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7º Subcomisiones . El Consejo Coordinador Nacional tendrá dos subcomisiones, una de planeación integrada por las personas citadas en las letras a, b. c. d. e, f el

Parágrafo

del Art 5º y la otra de asistencia, técnica compuesta por los funcionarios mencionados en las letras g, h, i, j y k del mismo artículo. En caso de discrepancia entre los dos, primará el concepto de la subcomisión de planeación. No obstante, el Consejo Coordinador Nacional podrá conformar grupos de trabajo especiales cuando la naturaleza de la actividad así lo requiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2358 de 1981