Micelio

Artículo 4

El Presente Decreto Regirá A Partir De La Fecha 1° De Julio Del Año En Curso

Decreto 1777 de 1953 · Por el cual se hacen unas supresiones, unas creaciones y se modifican unas asignaciones en el Ramo de Telégrafos del Ministerio de Comunicaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El presente Decreto regirá a partir de la fecha 1° de julio del año en curso. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1777 de 1953