Micelio

Artículo 20

Ley 22 de 1942 · Sobre prestaciones a los funcionarios del Órgano Judicial, del Ministerio Público y de lo Contencioso-Administrativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las cabeceras de Distrito Judicial funcionaran comisiones dependientes de la Junta Directiva, formadas así:

Un Magistrado del respectivo Tribunal Superior, designado por el Tribunal; uno de los Fiscales del Tribunal, nombrado por la Junta Central, y el Gobernador del Departamento o su representante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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