Decreto 654 de 1975 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2337 de 1971, orgánico de la Carrera de los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Profesores militares de primera categoría. Para ser profesor de primera categoría se requiere
1.
Ser diplomado en Estado Mayor o graduado de facultad mayor, oficialmente reconocida por el Ministerio de Educación.
2.
Haber dictado un mínimo de doscientas setenta (270) horas de clase en su especialidad o especialidades, como profesor de segunda categoría en institutos de formación y capacitación de las Fuerzas Militares. 3- Ser autor de un libro o manual que sirva de texto de estudio en la materia o materias de su especialidad.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.