Micelio

Artículo 3

Ley 121 de 1943 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración de un hecho importante para el progreso colombiano y se reconoce una deuda al Departamento Norte de Santander

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para atender el pago de la deuda que la Nación tiene contraída con el Departamento Norte de Santander, por concepto del valor de los gastos hechos en la conmemoración del centenario de la muerte del general Santander y a los cuales debió contribuir conforme al artículo 6° de la Ley 14 de 1939 , destinase la suma de doscientos mil pesos ($200.000.00). Esta suma se invertirá así: para la construcción del edificio destinado a los servicios aduaneros, en Puerto Santander en la frontera con Venezuela, Treinta mil pesos ($30.000.00); para adelantar la construcción del estadium de Cúcuta, cincuenta mil pesos ($50.000.00); para la ampliación del edificio del colegio de caro, de Ocaña cincuenta mil pesos ($50.000.00);

Para adelantar la canalización del rio Pamplomita, en la ciudad de Pamplona, cincuenta mil pesos ($50.000.00), y para la canalización del caño que pasa por el centro de la ciudad de Durania y algunas otras obras de alcantarillado del municipio mencionado, veinte mil pesos ($20.000.00).

Parágrafo

La suma que se refiere este artículo será incluida necesariamente en el presupuesto de la próxima vigencia; pero en caso de que no lo fuere, el gobierno podrá arbitrar los recursos necesarios, o pagar con bonos de la defensa económica nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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