Ley 52 de 1946 · Por la cual se fijan los sueldos al personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, se aumentan las asignaciones del personal civil del ramo de Guerra y se dictan otras disposiciones
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ARTICULO 2° Los empleados civiles del ramo de Guerra tendrán un aumento en las asignaciones, a partir del primero de enero de mil novecientos cuarenta y siete en adelante, en la siguiente forma:
Sueldos hasta de $ 300.00 un aumento mensual del 25%
Sueldos de más de $ 300.00, un aumento mensual del 15%.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.