: Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes para Medicina Física y Rehabilitación, son las siguientes: 29101 Electromiografía.(cada. Extremidad) 2.12 29102 Neuroconducción (cada nervio) 1.75 29103 Neuroconducción bilateral 2.65 29104 Test de Lambert 2.13 29105 Reflejo trigémino facial 2.13 29106 Reflejo H, F o palpebral 2.13 29107 Potenciales evocados (visual, auditivo o somatosensoñal) 5.76 29108 Test de fibra única 3.33 29109 Bio feed back 0.68 29110 Estimulación eléctrica transcutánea 0.44 29111 Fenolizaciones o neurólisis de punto motor o nervio periférico 2.65 29112 Terapia física, sesión 0.77 29113 Terapia ocupacional, sesión 0.77 29114 Terapia del lenguaje, sesión 0.77 29115 Terapia para rehabilitación cardíaca, sesión 2.03 29116 Estimulación temprana, sesión 0.77 29117 Terapia respiratoria: higiene bronquial (espirómetro incentivo, percusión, drenaje y ejercicios respiratorios), sesión 0.77 29118 Inhaloterapia, sesión (nebulizador ultrasónico o presión positiva intermitente) 0.77 29119 Test con tensilón 2.30 29120 Electromiografía laríngea 9.03 29121 Terapia grupal de medicina física y rehabilitación 1.83
Decreto 2423 de 1996 →Vigente
Artículo 31
: Las Tarifas Establecidas En Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes Para Medicina Física Y Rehabilitación, Son Las Siguientes: 29101 Electromiografía
Decreto 2423 de 1996 · por el cual se determina la nomenclatura y clasificación de los procedimientos médicos, quirúrgicos y hospitalarios del Manual Tarifario y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.