Micelio

Artículo 1

Desdoblar Las Siguientes Subpartidas Arancelarias, Las Cuales Quedarán Con El Código Y Descripción Que Se Indica A Continuación

Decreto 2645 de 2007 · por el cual se modifica el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Desdoblar las siguientes subpartidas arancelarias, las cuales quedarán con el código y descripción que se indica a continuación. Subpartida arancelaria Descripción 84.22 Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas. 8422.40 - Las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil): 8422.40.10.00 -- Máquinas para envolver mercancías previamente acondicionadas en sus envases. 8422.40.20.00 - - Máquinas para empaquetar al vacío. 8422.40.30.00 - - Para empaquetar cigarrillos. 8422.40.90 - - Las demás: 8422.40.90.10 - - -Máquinas para envolver o empaquetar confites y chocolates. 8422.40.90.90 - - -Las demás 84.37 - Máquinas para limpieza, clasificación o cribado de semillas, granos hortalizas de vaina secas; máquinas y aparatos para molienda o tratamiento de cereales u hortalizas de vaina secas, excepto las de tipo rural. 84.37.10 - Máquinas para limpieza, clasificación o cribado de semillas, granos hortalizas de vaina secas: - - Clasificadoras de café: 8437.10.11.00 - - -Por color 8437.10.19.00 - - - Los demás 8437.10.90 - - Las demás: 8437.10.90.10 - - - Clasificadoras electrónicas de arroz por color 8437.10.90.90 - - - Las demás

Parágrafo

Los desdoblamientos de las subpartidas arancelarias 8422.40.90 y 8437.10.90 rigen por el término de los diferimientos arancelarios autorizados en el presente decreto para las subpartidas 8422.40.90.10 y 8437.10.90.10. Vencido este término se restablecerá la estructura inicial de las citadas subpartidas arancelarias establecidas en el Arancel de Aduanas (Decreto 4589 de 2006).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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