Micelio

Artículo 130

En Las Etiquetas, Marbetes Y Empaques De Las Drogas Que Requieran Para Su Venta Prescripción Facultativa, Debe Aparecer, Además De Las Leyendas A Que Se Refiere El Artículo 6° Del Decreto 1529 Del 15 De Junio De 1964, El Nombre Del Titular De La Licencia, El Del Laboratorio Fabricante Y El De Su Director Técnico

Decreto 1950 de 1964 · por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1962, sobre ejercicio de la profesión de Químico-Farmacéutico, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las etiquetas, marbetes y empaques de las drogas que requieran para su venta prescripción facultativa, debe aparecer, además de las leyendas a que se refiere el artículo 6° del decreto 1529 del 15 de junio de 1964, el nombre del titular de la licencia, el del laboratorio fabricante y el de su director técnico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1950 de 1964