Micelio

Artículo 4

Ley 99 de 1896 · por la cual se auxilian varios caminos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° Iguales autorizaciones se conceden al Poder Ejecutivo respecto del camino que pone en comunicación las Provincias de Ricaurte y Occidente, en el Departamento de Boyacá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 99 de 1896