Micelio

Artículo 23

Contenido Y Alcance De Las Medidas Cautelares

Ley 1922 de 2018 · Por medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las medidas cautelares podrán ser preventivas, conservativas, anticipativas o suspensivas y tener relación necesaria con la protección de los dere­chos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Para el efecto, la Sala o Sección podrá decretar una o varias de las siguientes medidas:

1.

Disponer la protección de personas o grupos de personas que intervengan ante la JEP, siempre que el beneficiario o los bene­ficiarios puedan ser determinados o determinables, a través de su ubicación geográfica o su pertenencia o vínculo a un grupo, pueblo, comunidad u organización.

2.

Ordenar que se mantenga la situación, o que se restablezca al estado en que se encontraba antes de la conducta vulneratoria o amenazante, cuando fuere posible.

3.

Impartir órdenes orientadas a la protección y conservación de la información.

4.

Las demás que considere pertinente para lograr el objetivo que se pretende con la medida cautelar.

Parágrafo

Para la determinación de las medidas cautelares se tendrá en cuenta el enfoque diferencial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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