Quiénes no pueden ser peritos. No pueden desempeñar las funciones de perito, so pena de inexistencia del acto:
1. El menor de dieciocho años, el interdicto y el enfermo de mente;
2. Los que tienen derecho a abstenerse de declarar y los que como testigos han declarado ya en el proceso, y
3. El que por sentencia ejecutoriada está sometido a la interdicción de derechos y funciones públicas a la prohibición o suspensión del ejercicio de un acto o profesión, o a una medida de seguridad.
TEXTO CORRESPONDIENTE A