El personal que se halle en comisión quedará sometido a la jurisdicción disciplinaria del superior a cuyas órdenes se encuentre. En este caso, el superior que imponga una sanción o confiera una distinción dará cuenta al superior de la Unidad o Repartición correspondiente, para su registro en el Folio de Vida del interesado
Decreto 85 de 1989 →Vigente
Artículo 91
El Personal Que Se Halle En Comisión Quedará Sometido A La Jurisdicción Disciplinaria Del Superior A Cuyas Órdenes Se Encuentre
Decreto 85 de 1989 · Por el cual se reforma el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.