Micelio

Artículo 2

º A Partir Del 1º De Marzo De 1991, Créase En La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Las Naciones Unidas - Onu - , Con Sede En Nueva York, Estados Unidos De América, Un (1) Cargo De Tercer Secretario, Grado Ocupacional 1 Ex, Encargado De Funciones Culturales, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Ochocientos Dieciséis Dólares Con 76/100 (Us$ 1

Decreto 541 de 1991 · por el cual se suprime, se crea un cargo y se hace un nombramiento en el Servicio Exterior de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de marzo de 1991, créase en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas - ONU - , con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, un (1) cargo de Tercer Secretario, Grado Ocupacional 1 EX, Encargado de Funciones Culturales, con una asignación básica mensual de un mil ochocientos dieciséis dólares con 76/100 (US$ 1.816.76) y nómbrase para desempeñarlo a la doctora Beatriz Dávila de Santo Domingo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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