Son faltas contra el compañerismo
Maltratar de obra o de palabra a los compañeros.
Murmurar, acusar, dar informes falsos o tendenciosos contra cualquier miembro de la institución.
Incurrir en complicidad en la comisión de una falta.
No tener con los miembros de la institución y sus familiares, las consideraciones y el respeto debidos a la persona humana.
Usar las prendas de vestuario, equipo, armamento y demás elementos de los compañeros sin el consentimiento de éstos. f) presionar maliciosamente a un compañero para que haga reclamaciones contra el superior. g) Ejecutar cualquier acto que tienda a disociar o afectar la armonía y el compañerismo que debe existir entre los miembros de la Policía Nacional y entre éstos y los de los demás cuerpos armados. CAPITULO XI De las faltas contra la responsabilidad administrativa.